QUÉ ES Y CÓMO RECLAMAR LA CLÁUSULA IRPH
En MUNTLAW ABOGADOS somos especialistas en Derecho Bancario y podemos ayudarle a reclamar la cláusula IRPH consiguiendo la devolución de su dinero.
ÍNDEX
- ¿Qué es el IRPH?
- Nulidad de la cláusula IRPH
- Intereses abusivos de la banca
- Sentencia del 3 de marzo 2020
- Cómo reclamar la cláusula IRPH
¿QUÉ ES EL IRPH?
El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) es un tipo de interés legal reconocido por el Banco de España para calcular el rédito de préstamos y créditos.
Más de un millón de consumidores afectados por éste índice que siempre ha tenido un tipo de interés mucho más elevado que, por ejemplo, el otro tipo utilizado mayoritariamente durante esta década, el EURIBOR, y que durante muchos años han ido acumulando miles y miles de euros abonados de más en concepto de intereses de la hipoteca.
NULIDAD DE LA CLÁUSULA IRPH
El pasado 3 de marzo de 2020 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó una sentencia en la que ha establecido que el IRPH debe someterse al control de transparencia, lo cual, de no superar este control, puede llevar a declarar nula la cláusula hipotecaria que establezca el IRPH como índice de referencia.
Con la declaración de nulidad, basada en que no se informó adecuadamente al consumidor, ni con la debida transparencia y antelación acerca de las características de este índice, la banca deberá devolver al consumidor afectado este exceso de intereses sustituyendo, además, este índice con el EURIBOR, que es menos gravoso.
INTERESES ABUSIVOS DE LA BANCA
Desde hace ya unos cuantos años es público y notorio que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea viene reconociendo a los consumidores una especial protección ante los continuos abusos que había perpetrado el sector de la banca en España durante la primera década de éste nuevo milenio.
Sentencias del TJUE como la del 21 de diciembre de 2016, referente a las cláusulas suelo, o los Autos del mismo TJUE dictados en fecha de 3 julio de 2019 referentes a la cláusula del vencimiento anticipado, han obligado al Tribunal Supremo y a las otras instancias inferiores a reformular su visión e incorporar esas Sentencias favorables a los intereses del consumidor en su interpretación del derecho.
En definitiva, el IRPH ha provocado que, durante años, el consumidor haya pagado a la banca intereses hipotecarios abusivos.
CAMBIOS A RAÍZ DE LA SENTENCIA DEL 3 DE MARZO DE 2020
– ¿Porqué los bancos no advertían que el IRPH era un índice con una perspectiva de futuro mucho peor que la del EURIBOR?.
– ¿Porqué los bancos durante años y años no informaron a sus clientes sin formación financiera de cuál era el funcionamiento del IRPH que componía el crédito hipotecario que arrastrarían durante el resto de sus vidas
– ¿Porqué los bancos no ofrecían diferentes alternativas en sus hipotecas y en cambio sí vendían lo que en ese momento interesaba a su entidad?
Son preguntas que durante mucho tiempo han estado flotando en el aire, sin que desde la Justicia española se pudiera dar una respuesta favorable a los consumidores afectados.
Hasta el 3 de marzo de 2020, fecha de la Sentencia del Tribunal Europeo, la Doctrina del Tribunal Supremo sostenía que el IRPH no podía declararse abusivo, y evidentemente las instancias inferiores seguían, salvo rarísimas excepciones contracorriente, este criterio, suponiendo una situación de desamparo absoluto para un grupo muy importante de consumidores que habían sido víctimas de una estrategia de venta de los bancos en detrimento de su dinero.
Esto fue así hasta que el Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 38 de Barcelona, planteó una serie de cuestiones prejudiciales a la Justicia Europea, en el marco de un litigio de nulidad por abusividad del índice IRPH.
A raíz de dichas cuestiones planteadas, en fecha 3 de marzo de 2020, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó Sentencia en la que se estableció unas conclusiones que modifican sustancialmente los criterios de los Tribunales españoles en cuanto a la doctrina que había hasta el momento de la nulidad del índice IRPH en consumidores.
Esto ha dado lugar a que pudiera declararse la nulidad del mismo, eso sí revisando caso por caso la posible nulidad por abusividad del banco en caso de que no se hubieran cumplido las exigencias de buena fe, equilibrio y transparencia en la comercialización que impone la Directiva Europea 93/13.
De todo ello ha resultado la posible implantación del Euribor como tipo regulador de la hipoteca y a poder realizar la reclamación de cantidades de forma totalmente retroactiva, es decir sin limitaciones en el tiempo.
CÓMO RECLAMAR LA CLÁUSULA IRPH
A día de hoy, estamos observando cómo las Sentencias de los Tribunales Españoles ya se están adaptando a los criterios del TJUE y resuelven de forma favorable a los intereses del consumidor condenando al banco a devolver aquellos intereses abonados de forma indebida.
Como ejemplo, la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº17 de Palma de Mallorca, primera de todo el estado español después de la Sentencia Europea de 3 de marzo en que se anula el IRPH y además obliga al banco a recalcular de forma retroactiva los intereses acumulados durante la vigencia del préstamo, aplicando como referencia el EURIBOR.
Hasta el pronunciamiento del TJUE se había generado una incertidumbre sobre la forma de reclamar el IRPH para asegurar su éxito.
Dicha situación provocaba cierta discrepancia entre los despachos de abogados. Algunos de estos despachos decidían iniciar las reclamaciones y otros recomendaban esperar a que se supere el control de transparencia.
Desde Muntlaw Abogados estamos abiertos a cualquier situación y recomendamos contactar con alguno de nuestros especialistas para estudiar el caso y elegir la mejor estrategia para garantizar el éxito.
QUE NO TE ENGAÑEN
Es posible que, a raíz de esta sentencia del Tribunal de Justicia Europeo, tu entidad bancaria intente hacerte alguna propuesta para resolver amistosamente esta situación.
Nuestra recomendación es que no lo hagas y consultes con nosotros tu caso, porque el banco te obligará a firmar un documento y, con mucha probabilidad, te obligarán a renunciar a derechos, con el grave perjuicio que ello te podrá suponer.
En MUNTLAW ABOGADOS somos especialistas en Derecho Bancario y podemos ayudarte a reclamar la devolución de tu dinero.
Contacta con nosotros y con mucho gusto analizaremos tu caso.